sábado, 30 de abril de 2022

Breve análsis sobre el reglamento de la Ley de Nacionalidad

 2. Parte















En resumen:

- E x i g e   r e q u i s i t o s   a d i c i o n a l e s ,
otorgándole a la Administración la capacidad de solicitar información complementaria a entidades públicas y privadas.


-Traduce el requisito de: «Tener buena conducta y solvencia moral», con la concurrencia de carecer de antecedentes penales, judiciales y policiales, durante todo el procedimiento.


Veamos de qué trata esto:

  • Antecedentes penales: Certifica si una persona registra o no sentencias condenatorias impuestas como consecuencia de haber cometido un delito.
  • Antecedentes judiciales: Detalla si estás o has estado recluido en un Establecimiento Penitenciario (interno) o si se han realizado trabajos comunitarios impuestos por la autoridad judicial.
  • Antecedentes policiales: Certificado emitido por la Policía Nacional del Perú, a través de la Dirección de Criminalística, mediante el cual se da a conocer a las personas si registran o no antecedentes policiales provenientes de delitos y faltas previa investigación policial.

Fuente: www.gob.pe


-El silencio administrativo negativo no puede ser aplicado en este procedimiento, conforme a lo contemplado por el artículo 38 de la Ley del Procedimiento Administrativo General.


La recuperación de nacionalidad peruana NO pone en riesgo la seguridad ciudadana como equívocamente lo quiere hacer ver Migraciones, bajo argumentos desprovistos de todo tipo
de sustento.


- Indebido procedimiento bajo silencio administrativo negativo cuyos plazos s e  s u s p e n d e n   c o n a b s o l u t a  discrecionalidad de la Administración.


-Para aquellos que quieren recuperar la  nacionalidad encontrándose en el Perú. Co n d i c i o n a   l a   a p r o b a c i ó n   d e l  procedimiento al cumplimiento de normas migratorias.


-Transgrede el Principio de Proporcionalidad que es base y fundamento de la Ley n.º 31295 que

modifica los requisitos para la recuperación de la nacionalidad peruana.


El proyecto de reglamento debe contener un procedimiento orientado a facilitar su acceso, dejando de equiparar a la recuperación de la nacionalidad con un proceso de naturalización.


- Desconocimiento de los certificados que expiden las autoridades en otros países.


- Preocupante descuido en el tratamiento de los casos de apatridia.



Dra. M.T. G. Otoya Arrese


1ra. Parte:

https://nacionalidadperuana.blogspot.com/2022/04/sobre-el-reglamento-de-la-ley-de.html






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