martes, 27 de abril de 2021

Luxemburgo

Doble Nacionalidad

Según el Service de l'indigénat del Ministerio de Justicia de Luxemburgo (Ministère de la Justicie du Grand-Duché de Luxembourg) la doble nacionalidad es permitida, siempre y cuando el país de origen la permita. En el caso de los ciudadanos con nacionalidad peruana, el Perú si acepta la doble nacionalidad, por lo tanto, ciudadanos peruanos que residan en Luxemburgo pueden -si es su deseo- tentar la doble nacionalidad. 



Alemán: https://guichet.public.lu/de/citoyens/citoyennete/nationalite-luxembourgeoise/acquisition-recouvrement/naturalisation.html

1. Um die doppelte oder mehrfache Staatsangehörigkeit zu erwerben, muss sich der Bewerber im Vorfeld bei den zuständigen Behörden seines Herkunftslandes bzw. seiner Herkunftsländer (z. B. Botschaft oder Konsulat) erkundigen, ob er im Falle des Erwerbs der luxemburgischen Staatsangehörigkeit (Einbürgerung oder Option) oder der Wiedereinbürgerung die ausländische(n) Staatsangehörigkeit(en) beibehalten kann.

2. Die luxemburgische Staatsangehörigkeit wird dem Antragsteller nicht verliehen bzw. aberkannt:

• wenn er im Rahmen seines Antrags falsche Angaben gemacht, wichtige Fakten verschwiegen oder in betrügerischer Absicht gehandelt hat;

• falls er die luxemburgische Staatsangehörigkeit durch Fälschung bzw. den Gebrauch gefälschter Urkunden oder durch Namensanmaßung oder eine Scheinehe erlangt hat, soweit er durch einen rechtskräftigen Gerichtsbeschluss im Großherzogtum Luxemburg oder im Ausland einer dieser Straftaten für schuldig befunden wurde.

3. Der Antragsteller gestattet dem Standesbeamten und dem Justizminister im Rahmen eines Verfahrens zum Erwerb der luxemburgischen Staatsangehörigkeit oder zur Wiedereinbürgerung ein Führungszeugnis Nr. 2 aus dem Strafregister bei der Generalstaatsanwaltschaft zu beantragen.

4. Die Bearbeitung der Daten aus dem vorliegenden Lebenslauf und den anderen Belegen der Akte unterliegt den Bestimmungen der Artikel 91 bis 101 des Gesetzes vom 8. März 2017 über die luxemburgische Staatsangehörigkeit.

Inglés: https://guichet.public.lu/en/citoyens/citoyennete/nationalite-luxembourgeoise/acquisition-recouvrement/naturalisation.html

Francés: https://guichet.public.lu/fr/citoyens/citoyennete/nationalite-luxembourgeoise/acquisition-recouvrement/naturalisation.html

1. Pour acquérir une double ou multiple nationalité, le demandeur doit se renseigner au préalable auprès des autorités compétentes de son/ses pays s’origine (exemple : ambassade ou consulat), afin de savoir s’il peut conserver la/ les nationalité(s) étrangère(s) en cas d’acquisition (naturalisation et option) ou de recouvrement de la nationalité luxembourgeoise.


Otras fuentes:

Según: https://www.justarrived.lu/es/procedimientos-administrativos-en-luxemburgo/como-adquirir-la-nacionalidad-luxemburguesa/

El principio de doble nacionalidad

Desde el 1 de enero de 2009, es posible adquirir la nacionalidad luxemburguesa, conservando su nacionalidad original. Este es el principio de la doble nacionalidad.

Sin embargo, tenga cuidado, si Luxemburgo acepta este principio de doble nacionalidad, este no es el caso en todos los países y es posible que el país de origen del candidato para la adquisición de la nacionalidad luxemburguesa no se aplique. este principio. Corresponde al candidato consultar con las autoridades de las que ya tiene la nacionalidad.





martes, 13 de abril de 2021

PREGUNTAS Y RESPUESTAS

...en constante actualización.


PERUANOS DE NACIMIENTO - IUS SANGUINIS


I. RENUNCIA A LA NACIONALIDAD PERUANA


1. ¿Cuánto tiempo toma hacer el trámite de la renuncia de la nacionalidad peruana en un consulado peruano en Alemania?

Nacionalidad Peruana: El trámite para renunciar a la nacionalidad peruana en un consulado peruano en Alemania puede tomar entre 1-2 dias, de acuerdo a los requisitos y previa cita. Recomendación: Leer los requisitos de renuncia en los portales web de los consulados y hacer la cita en el consulado correspondiente de su jurisdicción.


2. ¿Por qué un colectivo peruano de Múnich/Alemania insiste al gobierno del Perú la irrenunciabilidad de la nacionalidad peruana desde 2013 a la actualidad?

Nacionalidad Peruana: Solicitarla es un derecho. Sin embargo su viabilidad legal NO es válida actualmente. El artículo 53 de la Constitución política alberga (también) EL DERECHO de renunciar a la nacionalidad. Este derecho se sustenta en los convenios internacionales de derechos humanos suscritos también por el Perú. Además, esta propuesta inviable, ha sido una vez más observada el 09 marzo de 2021  por el embajador Vitaliano Gallardo, Director general de las Comunidades en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú y por el especialista en diplomacia y relaciones internacionales profesor Gattas Abugattas en la sesión virtual de la Comisión de Constitución y Reglamento. Ver el texto subrayado en el siguiente recuadro:


Más información sobre las observaciones de los especialistas en nuestra red social:  https://www.facebook.com/Nacionalidad_Peruana-101435462007002/photos/a.114043010746247/114043307412884


3. ¿Por qué se dice que la irrenunciabilidad a la nacionalidad peruana es a la fecha infundada y no hábil?

Nacionalidad Peruana: Porque el Perú está adherido a pactos internacionales de derechos humanos. Estos contemplan también el derecho a renunciar a la nacionalidad. Por lo tanto a la actualidad el concepto de irrenunciabilidad es obsoleto.


4. Resido en Alemania y puedo acceder a la nacionalidad alemana. ¿Dónde encuentro los requisitos para hacer la renuncia a la nacionalidad peruana?

Nacionalidad Peruana: Los requisitos e informaciones actuales las debe encontrar en los portales web de los consulados y embajadas.


5. ¿Es cierto que Alemania obliga a los peruanos a renunciar a su nacionalidad peruana cuando desean acceder a la nacionalidad alemana?

Nacionalidad Peruana: Se trata de un mito de carácter emocional y falta absoluta de conocimiento en materia jurídica. Alemania NO OBLIGA a ningún peruano o peruana a renunciar a su nacionalidad peruana. Alemania como país soberano tiene sus propios requisitos -asi como el Perú- para los ciudadanos peruanos que deseen acceder a la nacionalidad alemana (proceso de naturalización).


6. Aún conservo mi nacionalidad peruana y resido en Alemania. ¿Cómo puedo acceder a la nacionalidad alemana sin perder mi nacionalidad peruana?

Nacionalidad Peruana: No puede. Alemania NO contempla la doble nacionalidad -salvo excepciones- mencionadas en su ley de nacionalidad (Staatsangehörigkeit), artículo 25, numeral (1) (https://www.gesetze-im-internet.de/stag/__25.html) . Sin embargo, usted tiene todo el derecho de indagar directamente con las autoridades alemanas y exponer sus argumentos, el porqué usted no puede dejar la nacionalidad peruana. Cómo ya lo hemos mencionado varias veces, son las autoridades alemanas las únicas habilitadas para hacer exepciones o no.


7. Resido en Alemania. Conservo aún mi nacionalidad peruana pero quiero acceder a la nacionalidad alemana. Sé que Alemania no acepta la doble nacionalidad y que para los peruanos es válido el requisito de renuncia a la nacionalidad peruana, sin embargo leí un comentario en un foro de profesionales peruanos en Alemania, qué dice que <<desde hace unos días ha cambiado el reglamento. Es posible que ya no se tenga que renunciar. >> ¿Es cierto esto, qué es posible que ya no tengamos que renunciar a nuestra nacionalidad peruana?

Nacionalidad Peruana: El comentario que le han hecho carece de conocimiento en materia jurídica. Las leyes alemanas NO permiten la doble nacionalidad, salvo excepciones. A la fecha sólo ha cambiado un requisito en el Perú y este sólo evitará la apatridia en adelante. Revise el artículo 11 del decreto supremo No. 002-2021-IN ó en este mismo espacio bajo el capítulo de apatrídia. Bajo la modalidad de este nuevo requisito: << La nacionalidad peruana no se pierde, salvo por renuncia expresa efectuada autoridad peruana; para lo cual el ciudadano peruano debe tener la mayoría de edad y haber obtenido otra nacionalidad>>, si usted desea acceder a la nacionalidad alemana y es apto, podrá hacerlo. Asumimos que las autoridades alemanas le concederán la nacionalidad alemana y le darán un plazo prudente para que presente la constancia o certificado de renuncia de la nacionalidad peruana. Es lo que asumimos. Si usted no presenta la constancia de renuncia de la nacionalidad peruana ante las autoridades alemanas, estaría infrigiendo la ley alemana. Pueden haber consecuencias negativas. 


8. Vivo en Alemania. He leído un comentario que el consulado peruano de una región en Alemania ha informado que se ha suspendido cualquier trámite con respecto a la renuncia de ciudadanía. ¿Es cierto esto?

Nacionalidad Peruana: A la fecha (20. abril 2021) no hay ningún comunicado oficial de ningún consulado en Alemania o de la embajada del Perú en Berlín. Tampoco hay ningún comunicado oficial de que los trámites se han suspendido. A la fecha, los trámites -en general- continúan. Es muy posible que los ciudadanos que en estos momentos deseen renunciar a la nacionalidad peruana (naturalización) en el consulado, se les esté pidiendo un tiempo prudente para que la modificación que evita la apatrídia sea también recepcionado por las autoridades alemanas y asi estas puedan invertir el proceso de entrega de nacionalidad a fín -justamente- de evitar la apatridía.



II. RECUPERACION DE LA NACIONALIDAD PERUANA

1. Ahora tengo la nacionalidad alemana y resido en Alemania. Una supuesta modificación del artículo 8 de la ley de Nacionalidad 26574 según el Proyecto de Ley 7100 ¿me habilita para poder recuperar mi nacionalidad peruana de nacimiento?

Nacionalidad Peruana: No. Una modificación del artículo 8 de la Ley de Nacionalidad NO habilita en Alemania la recuperación de la nacionalidad peruana. La ley alemana NO contempla la doble Nacionalidad. La nacionalidad peruana sólo se puede recuperar cuando el país de residencia acepta la DOBLE NACIONALIDAD,  cómo es el caso de Noruega, Bélgica, Luxemburgo y otros.


2. Ahora tengo la nacionalidad alemana y resido en Alemania. Una supuesta modificación del artículo 8 de la ley de Nacionalidad peruana 26574 según el Proyecto de Ley 7100 NO me habilita legalmente para recuperar mi nacionalidad peruana. ¿Qué sucede si de todas maneras hago mi solicitud y el consulado peruano en Alemania la acepta?

Nacionalidad Peruana: Si su solicitud es aceptada por una oficina consular del Perú en Alemania, usted estaría violentando la ley alemana (Staatsangehörigkeitsgesetz 'StaG') y por consecuencia Alemania puede retirarle la nacionalidad alemana y/o multarlo. Asumimos que nuestros Consulados y Embajada en Alemania le infomarán al respecto si usted hace la respectiva solicitud.


3. Ahora tengo la nacionalidad alemana y resido en Alemania. Sabiendo que una supuesta modificación del artículo 8 de la ley de Nacionalidad 26574 según el Proyecto de Ley 7100 NO me va a ayudar a recuperar legalmente y sin problemas mi nacionalidad peruana de orígen, entonces ¿qué solución o propuesta existe?

Nacionalidad Peruana: Para aquellos peruanos y peruanas que YA han renunciado a su nacionalidad peruana en Alemania y quieren recuperarla, proponemos cómo lo hemos venido haciendo hasta ahora, celebrar un convenio bilateral con Alemania; el cuál permita recuperar la nacionalidad peruana SIN perder la nacionalidad alemana. En pocas palabras: la aceptación de la DOBLE NACIONALIDAD. La ley de nacionalidad alemana (Staatsangehörigkeit) en su artículo 25, numeral (1) (https://www.gesetze-im-internet.de/stag/__25.html) ha cerrado convenios de doble nacionalidad. Una opción adicional puede ser alentar el tema para el debate en Alemania a través de sus partidos políticos con la única finalidad de alcanzar la doble nacionalidad. Este tema ha sido tocad en repetidas veces por el partido social-demócrata y el partido de los Verdes (Die Grünen).


4. Ahora tengo la nacionalidad alemana y resido en Alemania. Sé que existe un proceso legal para acceder a la doble nacionalidad sin perder mi nacionalidad alemana. El proceso se llama: 'Beibehaltungsgenehmigung'. ¿Puedo solicitar el acceso a mi nacionalidad peruana de origen a través de este proceso de 'Beibehaltungsgenehmigung' sin perder mi nacionalidad alemana?

Nacionalidad Peruana: Si. Es su derecho solicitar la doble nacionalidad a través del 'Beibehaltungsgenehmigung' (https://www.bva.bund.de/DE/Services/Buerger/Ausweis-Dokumente-Recht/Staatsangehoerigkeit/Beibehaltung/01-Informationen_BB/01_02_BB_Wie_geht_es/02_02_BB_Anleitung_node.html). Para eso usted debe cumplir los requisitos correspondientes. Cómo Alemania no contempla la doble nacionalidad -salvo excepciones- este proceso de 'Beibehaltungsgenehmigung' no le asegura que las autoridades alemanas aprueben su solicitud y le concedan la doble nacionalidad. Cómo lo hemos mencionado al principio, es su derecho solicitarla. Las autoridades alemanas estudiarán su caso, sus argumentos y decidirán o no a su favor.


5. La nueva Ley que modifica el artículo 8 de la Ley de Nacionalidad 26574 para simplificar la recuperación de la nacionalidad peruan fue aprobada por insistencia a mediados de 2021. ¿Por qué aún no se puede hacer el trámite? ¿De qué reglamento se habla actualmente?

Nacionalidad Peruana: Efectivamente la ley fue aprobada a mediados de 2021. El trámite en si se puede realizar en las instancias respectivas (consulados, embajada, RENIEC), sin embargo el reglamento (lista de REQUISITOS) para esta ley aún no ha sido elaborada por Migraciones. Por lo tanto, es díficil predecir cómo se realizará el trámite de recuperación en adelante. Pedimos cordialmente a los interesados dirigirse a Migraciones y solicitar el estado actual de este reglamento por ser de urgencia para muchos compatriotas. La ley de transparencia apoya la solicitud de este reglamento ante Migraciones.



III. APATRIDIA

1. Resido en Alemania. Es mi deseo acceder a la nacionalidad alemana por lo que haré mi renuncia a la nacionalidad peruana. ¿Es cierto que me puedo volver apátrida durante el tiempo que dure el trámite? 

Nacionalidad Peruana: Lo fué hasta hace poco. Estamos a la espera del pronuciamiento oficial a través de los consulados, embajadas y cancillería.

La apatridia nunca fué un tema que haya sido considerado de importancia en Alemania como consecuencia de una renuncia a la nacionalidad peruana. En Alemania sólo se le dió importancia a la irrenunciabilidad de la nacionalidad peruana desde 2013 por un colectivo peruano de Múnich El estado peruano, asi como sus consulados (extensión de la administración pública del Estado), tampoco le prestaron la debida importancia al tema de apatridia. 

Aquellos peruanos que renunciaron a su nacionalidad peruana en los consulados, obtenían un certificado de las autoridades alemanas de que su nacionalidad alemana estaba en trámite. Eso era todo. 

Por iniciativa del colectivo 'Nacionalidad Peruana' y en cooperación con personalidades políticas de la legislatura actual (2016-2021), constitucionalistas, expertos en derecho internacional y los candidatos por peruanos en el exterior (PEX) para la legislatura 2021-2026 se puso el tema sobre la mesa por ser de gran importancia para proteger al ciudadano peruano de ser apátrida. El Ministerio del Interior del Perú emitió el 24 de marzo de 2021 el Decreto Supremo No. 002-2021-IN el cuál hace una mención en su artículo 11, una modificación importante para evitar la apatridia: << La nacionalidad peruana no se pierde, salvo por renuncia expresa efectuada autoridad peruana; para lo cual el ciudadano peruano debe tener la mayoría de edad y haber obtenido otra nacionalidad>>. En el caso explícito de Alemania: Las leyes alemanas NO permiten la doble nacionalidad a la hora de naturalizarse, salvo excepciones que están contempladas en su ley de nacionalidad (Staatsangehörigkeitsgesetz §25). Para el Perú es válido a la fecha el requisito de "renunciar" a la nacionalidad de origen para acceder a la nacionalidad alemana. Con esta modificación actual del artículo 11 según el decreto, -asumimos- que el estado alemán deberá primero entregar la nacionalidad alemana y con absoluta seguridad, tal cómo lo hace con Chile, dará un plazo de entrega al ciudadano peruano, para que confirme -a través de un certificado obtenido en la oficina consular- que ha renunciado a su nacionalidad peruana. Es posible que haya consecuencias por parte del estado alemán si es que al ciudadano, al quién le fué otorgada la nacionalidad alemana, no presente la constancia de haber renunciado a la nacionalidad peruana. Estaría infringiendo las leyes alemanas. Atención.


El Peruano: https://busquedas.elperuano.pe/download/full/34JDaQePq9NA8ApS5jFYjK



DEUTSCH

1.

Luis Arias, 5. November 2021

Sehr geehrte Frau Portocarrero,

Ihre Aussage stimmt nicht ganz, denn, das Problem liegt daran, dass Länder wie Peru, Kolumbien, Panama und Paraguay in deren Verfassung den ausdrücklichen Verzicht auf die Geburts- und Herkunftsnationalität ermöglicht. Würde hierbei stehen, dass die Geburts- und Herkunftsnationalität unverzichtbar ist, würde Deutschland die doppelte Staatsangehörigkeit zulassen. Ein gutes Beispiel hierfür ist Kuba.

Das Thema verfolge ich seit 2013 nachdem ich mich über Frau Ana Melva Pérez informierte, welche Möglichkeit es gibt, die peruanische Staatsangehörigkeit erneut zu erhalten.

Sie hatte das Thema im peruanischen Kongress vorgetragen und zumindest erreicht, dass die Bedingungen zur Zurückgewinnung der peruanischen Staatsangehörigkeit erleichtert wurden. 

Mit freundlichen Grüßen

L.A.


Nacionalidad Peruana:

Milagros Portocarrero-Psaltiras, 17. November 2021

Sehr geehrter Herr Arias,

entschuldigen Sie die späte Antwort, ich habe Ihr Kommentar erst vor Kurzem gesehen.

Vorab möchte ich meine Freude mitteilen, dass mein Beitrag so viele Menschen erreicht hat , die sich für das Thema interessieren. Ich vermute jedoch, Sie haben meinen vorigen Kommentar nicht gelesen. Mir ist das angestrebte Ziel von Frau Perez, die Unverzichtbarkeit auf die Staatsangehörigkeit zu erreichen, selbstverständlich bekannt. Dass dies zur Konsequenz hätte, dass uns Peruaner bei der Einbürgerung ermöglicht würde, beide Staatsangehörigkeiten zu haben ist mir als deutsche Rechtsanwältin mehr als bewusst. Ich bin aber Juristin und kann nicht übersehen, dass eine solche Änderung der peruanischen Verfassung gegen fundamentale Menschenrechten verstoßen würde, weshalb ich eine Reform in diese Richtung nicht befürworten kann. Zudem wäre es widersprüchlich, die peruanische Verfassung zu loben, weil diese die mehrfache Staatsangehörigkeit erlaubt und eine offene Haltung bezüglich des Erwerbs der peruanischen Staatsbürgerschaft beinhaltet, gleichzeitig jedoch zu verlangen, dass in dieser unser Recht auf Verzicht und damit auf Wechsel der Staatsangehörigkeit abgeschafft wird.

Im Übrigen, auch das deutsche Gesetz erkennt das Recht auf Aufgabe der deutschen Staatsangehörigkeit an.

Zudem sieht Ihre Betrachtungsweise (“das Problem liegt daran, dass Länder wie Peru, Kolumbien, Panama und Paraguay in deren Verfassung den ausdrücklichen Verzicht auf die Geburts- und Herkunftsnationalität ermöglicht“) das Problem nicht bei der deutschen Gesetzgebung, die die mehrfache Staatsangehörigkeit grundsätzlich verbietet, sondern bei allen anderen Ländern. In Folge fordern Sie, dass alle betroffene Länder ihre Verfassungen oder Gesetze ändern und die Rechte ihrer Bürger einschränken, damit deren Bürger die doppelte Staatsangehörigkeit in Deutschland erreichen können. Im Ergebnis müssen sich die andere Ländern der Gesetzgebung Deutschlands unterwerfen und sich diesen anpassen, damit ein kleiner Anteil ihrer Bürger die in Deutschland leben einen Vorteil bekommen. Was macht man, wenn Deutschland seine Gesetzte wieder ändert, müssen es alle andere Ländern auch tun? Diese Betrachtungsweise kann ich keineswegs mit Ihnen teilen.

Es gibt sicherlich andere Wege, um die doppelte Staatsangehörigkeit zu erreichen und daran arbeiten wir. Zudem, berücksichtigt der von Ihnen vorgeschlagene Weg nur die Konsequenzen für die Peruaner in Deutschland. Haben Sie auch die Konsequenzen für alle anderen Peruaner in anderen Teilen der Welt evaluiert, die davon getroffen sein würden? Deshalb ist für mich der Schwerpunkt hier in Deutschland bzw. der deutschen Gesetzgebung zu legen, und hier die Debatte zu fördern, die nicht nur uns als Peruanern sondern auch anderen Bürgern und Mitgestaltern dieser Gesellschaft zu Gute kommen würde.

Wie gesagt, meine Position ist geleitet von juristisch reifen Analysen und Überlegungen. Selbstverständlich steht es Ihnen frei, dies nicht zu berücksichtigen.


Mit freundlichen Grüßen,

Milagros Portocarrero-Psaltiras

Rechtsanwältin

Quelle: Infostelle

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PERUANOS POR NATURALIZACIÓN - IUS SOLI


1. Hola, he seguido la página de Facebook de Nacionalidad peruana desde hace unos meses, después de haber visto el conversatorio que sostuvieron para la comunidad peruana en Japón y de las noticias sobre el cambio de ley para recuperar la nacionalidad peruana que salieron en prensa. Muchas felicidades por el proyecto jurídico que impulsan, el cual beneficiará a much@s peruan@s en el exterior. Les escribo para hacer una consulta. ¿Cómo aplicará este derecho para la segunda generación? Explico un poco mi caso: soy mexicana de nacimiento y resido en México, pero mi mamá y mi papá eran peruanos. Cuando yo nací (en 1985) aún tenían la nacionalidad peruana, pero hacia finales de esa década optaron por naturalizarse mexicanos. Entonces no existía la doble nacionalidad en México por lo que tuvieron que renunciar a la nacionalidad peruana y la perdieron. Nunca la pudieron recuperar.

Lamentablemente mis papás fallecieron sin poder restituir su nacionalidad de origen. A mí me interesa tener la nacionalidad peruana por un tema simbólico-familiar. Sin embargo, en migraciones me comentaron hace tiempo que no podía obtenerla si mis papás no la recuperaban antes, aún si al momento de mi nacimiento ellos aún eran peruanos. Sé que los detalles de la ley aún están por definirse, pero ¿es posible que las segundas generaciones solicitemos la nacionalidad a partir de esta ley?

Nacionalidad Peruana: El caso que expone trata específicamente de la obtención de la nacionalidad peruana de hijos nacidos en el exterior. Aunque el tema de la recuperación de la nacionalidad está estrechamente ligado en lo que expone, no debería serlo por las razones que a continuación explico. La nacionalidad peruana por nacimiento se obtiene por derecho de sangre (ius sanguinis) o por derecho de suelo (ius solis), por lo que siendo la renuncia de nacionalidad un acto personalísimo, esto no debería afectar a los hijos y nietos. Tanto el artículo 2 de la Ley n.º 26574 de Nacionalidad y el artículo 4 del Decreto Supremo n.º 004-97-IN, que regula el reglamento de la ley de nacionalidad, establecen que la nacionalidad peruana se puede adquirir hasta la tercera generación, por lo que no debería existir inconveniente alguno para que usted la solicite por sus abuelos, en caso alguno de ellos hubieran sido peruanos, en todo caso. Lo que le recomiendo hacer es solicitar la nacionalidad peruana ante el Consulado más cercano, presentando las partidas de nacimiento de sus padres y abuelos peruanos, inclusive y si no se la quieren dar acudir a instancias judiciales. Es pertinente informarle también que por Resolución Ministerial

N° 1791-2016-IN, el otorgamiento de la nacionalidad peruana por nacimiento, no es más un procedimiento a cargo de la Superintendencia Nacional de Migraciones, sino del Ministerio de Relaciones Exteriores y RENIEC. Finalmente, en el año 2018 se modificó el artículo 52 de la Constitución Política del Perú, por lo que en la actualidad no hay límite de edad para adquirir la nacionalidad peruana por nacimiento de hijos de peruanos nacidos en el extranjero. Espero haber ayudado y que está explicación sirva de ayuda a muchos peruanos más que se encuentran en similar situación. Un cordial saludo. (adjunto enlace de resolución ministerial).

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/modifican-texto-unico-de-procedimientos-administrativos-del-resolucion-ministerial-n-1791-2016-in-1466243-1?fbclid=IwAR0Ns7bRK6karn9VL1DyQ7QenXsrRx0Pjx7tscmDm7YVcZpGyAMFr1TWsto


2. Deseo acceder a la nacionalidad peruana por naturalización. ¿Es verdad que existe un balotario de preguntas?

Nacionalidad Peruana: Efectivamente Se formulan tanto preguntas de desarrollo como de selección múltiple, como por ejemplo, le pueden pedir que escriba el coro del Himno Nacional, dar el nombre de 5 incas o contar lo que conoce de alguna cultura preinca determinada. En las de selección, obras de Vargas Llosa, ubicación por departamento de ruinas arqueológicas, etc. Es necesario indicar que recién el año 2021, a través del D.S 006-2021-IN, que modifica el Reglamento de Nacionalidad, se incluyó dentro del artículo 9 la citada evaluación; sin embargo, desde hace varios años, está exigencia fue contemplada en el TUPA (Texto Único de Procedimientos Administrativods), lo cual constituía una arbitrariedad por su falta de base legal, que incluso, fue puesta en evidencia por la Defensoría del Pueblo, debido a que dicho requisito no se encuentraba previsto en la Ley de Nacionalidad ni en su Reglamento. Pese a que ha sido incluído el año pasado en el citado Decreto Supremo (Reglamento), con la finalidad de darle de visos de legalidad, sigue siendo cuestionable, debido a que dicha condición no está contemplada en la Ley de Nacionalidad. 

Preguntas (Hacer clic aquí)