Presentado por José Antonio Nuñez Salas, Congresista de la República.
El reciente Proyecto de ley 7312/2020-CR ha sido correctamente resumido y da sin lugar a duda, ninguna expectativa a falsas interpretaciones:
"ARTICULO 8.- LOS PERUANOS POR NACIMIENTO QUE HAN RENUNCIADO EXPRESAMENTE A LA NACIONALIDAD PERUANA TIENEN DERECHO A RECUPERARLA MANIFESTANDO SU VOLUNTAD EXPRESA EN ESE SENTIDO ANTE AUTORIDAD COMPETENTE, EN EL TERRITORIO NACIONAL O EN EL EXTERIOR"
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